DERECHO FORMAL Y DERECHO CONSUETUDINARIO
Derecho formal :
El
derecho formal, es aquel que se encuentra consagrado en toda una serie de
legislaciones que se encuentras vigentes y positivizadas para su cumplimiento,
es decir que el derecho formal es aquel que se encuentra en las leyes, códigos
y demás dispocisiones jurídicas materiales que regulan la conducta del hombre
en la sociedad y que pueden sancionarlo si comete alguna irregularidad (delito)
ya que cuentan con diferentes procedimientos establecidos en los actos o hechos
pasados de los que deriva la creación, modificación o extinción denormas jurídicas. A veces, también,
se entiende por tales a los órganos de los cuales emanan las leyes que componen el ordenamiento jurídico (conocidos como órganos normativas o con facultades normativas), y a los factores históricos que inciden en la creación del Derecho. De lo anterior se desprenden, despectivamente, las nociones de fuentes el derecho en sentido material(fuentes, materiales ) y fuentes del derecho en sentido formal (o fuentes formales) .
Derecho consentudinario :
También llamado usos
o costumbres, es una fuente del Derecho.
Son normas jurídicas que no están establecidas en ninguna
ley pero se cumple porque en el tiempo se ha hecho costumbre cumplirla; es
decir, en el tiempo se ha hecho uso de esta costumbre que se desprende de
hechos que se han producido repetidamente, en el tiempo, en un territorio
concreto. Tiene fuerza y se recurre a él cuando no existe ley (o
norma jurídica escrita) aplicable a un hecho. Conceptualmente es un término
opuesto al de Derecho escrito.
También es considerado un sistema jurídico,
como lo son el Derecho continental y el common law.
Incluso en algunos países coexiste con ellos.
Es la expresión de la norma
jurídica a través de la conducta de los hombres integrados
en la comunidad; como expresión espontánea del Derecho, se contrapone al derecho legislado o derecho
escrito, que es la expresión reflexiva de la norma. La
norma consuetudinaria o costumbre es, pues, norma de conducta que, observándose con
conciencia de que obliga como norma
jurídica, es tan obligatoria como la contenida en un texto
legal. El origen de la norma consuetudinaria o costumbre jurídica se encuentra en los usos o prácticas sociales; cuando la comunidad considera que el incumplimiento de un uso hace peligrar el
orden convivencial, se transforma el uso en norma consuetudinaria. Por esto se
ha dicho que la costumbre jurídica es la norma creada e impuesta por el uso
social. Para que la costumbre sea jurídica es preciso que sea un uso social
continuado y uniforme, que sea racional y que sea observado con la convicción
de que se trata de una norma obligatoria. Cuando la costumbre se aplica en defecto de ley, complementando ésta, se habla de costumbre «praeter legem»; si la costumbre se aplica para interpretar la ley dudosa, se habla
de costumbre «secundum legem»; y se dice que hay costumbre «contra legem» cuando su contenido normativo está en contradicción con la norma legal.
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